Xalapa, Ver.- (AVC/Valeria Ramos) La presidenta nacional de Morena, Luisa Alcalde, anunció que el partido no postulará a familiares de funcionarios en las elecciones locales de este año en Durango y Veracruz, en congruencia con la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para evitar el nepotismo y la reelección.
Además, Morena presentará ante su Congreso Nacional una reforma para incorporar esta restricción en sus estatutos, de modo que sea obligatoria para el proceso electoral de 2027.
Esto luego de que la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, expresó su desacuerdo con la decisión tomada en el Senado de la República respecto a la reforma contra el nepotismo y la reelección, que fue aprobada con vigencia hasta 2030.
En su conferencia mañanera, Sheinbaum aclaró que, desde el inicio, su propuesta fue que la reforma entrara en vigor en 2027, ya que considera que es un plazo más adecuado para su implementación.
Esta medida surge en un contexto donde más de 100 presidentes municipales en Veracruz buscan imponer a familiares como candidatos, según denunció el senador Manuel Huerta. Esta práctica ha sido común en el estado, con clanes políticos que se han mantenido en el poder durante décadas.
El partido Morena decidió postergar la aplicación de la reforma contra el nepotismo hasta el año 2030, tras ceder ante la solicitud de su aliado, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
La determinación de Morena responde a su interés por preservar la unidad de su coalición con el PVEM, que cuenta con 14 senadores, y el Partido del Trabajo (PT), que tiene seis escaños. Esta alianza ha sido clave para mantener la mayoría calificada en el Senado, permitiendo la aprobación de más de 15 reformas constitucionales desde septiembre pasado.
Desde que la presidenta Claudia Sheinbaum envió la reforma el pasado 5 de febrero, el PVEM manifestó su intención de que su aplicación fuera diferida hasta 2030. La iniciativa establece que, a partir de ese año, se prohibirá que aspirantes a una diputación federal, senaduría, gubernatura, diputación local, presidencia municipal, regiduría o sindicatura, puedan contender si en los tres años previos a la elección mantuvieron un vínculo de concubinato, relación de pareja o matrimonio con el titular del cargo.
Asimismo, la prohibición también aplicará si el vínculo es de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta, sin limitación de grado, y en línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado.



