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Padres de Marlón N se quedan en prisión por omisión en el feminicidio de Monserrat B

Luego de ser liberados, al lograr un amparo de un juez federal, policías ministeriales detuvieron a Diana Elizabeth y Jorge Ignacio, padres de Marlón Botas, por los delitos de omisión de auxilio en agravió de Montserrat Bendímes, asesinada en abril del 2021.

AVC Noticias

17 abril, 2023

 

Xalapa, Ver.- (AVC/Isabel Ortega) Luego de ser liberados, al lograr un amparo de un juez federal, policías ministeriales detuvieron a Diana Elizabeth y Jorge Ignacio, padres de Marlón Botas, por los delitos de omisión de auxilio en agravió de Montserrat Bendímes, asesinada en abril del 2021.

A través de un comunicado la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños y Trata de Personas realizó imputación en contra de Diana Elizabeth “N” y Jorge Ignacio “N” como presuntos responsables del delito de omisión de auxilio cometido en agravio de quién en vida respondiera a las iniciales M.B.R., hechos ocurridos el 17 de abril del 2021, en el municipio de Boca del Río.

El juez dictó como medida cautelar, prisión preventiva necesaria por el término de un año, dentro del proceso penal 289/2023.

Los padres del Marlon habían sido detenidos por el delito de feminicidio, en base a la carpeta de investigación 387/2021, en el que se les fincó responsabilidad por haber auxiliado a su hijo para llevar al hospital a Monse, luego de que le propinó una golpiza.

Este viernes 14 de abril del 2023, lograron un amparo por el que los dos padres iban a recobrar su libertad, sin embargo, este sábado se informó que los dos padres fueron reaprendidos.

Según el código penal, en su artículo 155, determina que quien omita prestar el auxilio necesario a una persona que, en su presencia, estuviere lesionada o amenazada de un peligro actual e inminente, siendo aquél capaz de otorgarlo sin riesgo de su parte, o a quien, no estando en condiciones de proporcionar, no diere aviso inmediato a la autoridad, se le impondrán de un mes a tres años de prisión y multa hasta de veinticinco días de salario.

A quien lesione a una persona, así sea culposa o fortuitamente, y no le preste el auxilio inmediato que fuere posible y adecuado o, si no pudiera hacerlo personalmente, omita solicitarlo a la institución o autoridad que pueda prestarlo y no permanezca en el lugar de los hechos hasta que el auxilio sea prestado, se le impondrán de nueve meses a cuatro años de prisión y multa hasta de veinticinco días de salario.

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